Ayudas a la creación de empresas para actividades no agrícolas en zonas rurales

En el apartado de ayudas en Galicia, hay que hacer referencia a la publicación de ayudas destinadas a la creación de empresas para actividades no agrícolas en zonas rurales.  Estas ayudas se encuadran dentro del Programa de Desarrollo Rural de Galicia 2014 – 2020 (PDR), estando cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER); programa y fondo a los que ya hemos hecho referencia en anteriores publicaciones por las ayudas orientadas a actividades agrarias en zonas rurales.

En este caso, nos centraremos en la convocatoria de ayudas antes indicada; que busca la creación de empleo en zonas rurales mediante ayudas a la primera implantación y desarrollo de nuevas actividades no agrarias viables. La concesión de las citadas subvenciones se llevará a cabo en régimen de concurrencia competitiva.

 

Beneficiarios

Podremos encuadrar a los beneficiarios dentro de tres apartados:

  1. Los titulares o miembros de una unidad familiar de una explotación agraria que diversifiquen sus actividades en ámbitos no agrícolas y desarrollen su proyecto en la propia explotación.

En primer lugar habrá que indicar que consideraremos miembros de la unidad familiar a los familiares del titular de una persona titular de la explotación agraria hasta tercer grado, estando empadronados en el domicilio familiar vinculado a la explotación.

Además de ello la explotación ha de cumplir las siguientes condiciones en el momento de la solicitud:

  • Inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia (Reaga).
  • Tener la calificación de explotación agraria prioritaria.
  1. Microempresas y pequeñas empresas de nueva creación o que inicien una actividad diferente a la que tenían en el momento de la solicitud de la ayuda.

Para poder delimitar el alcance de este apartado, haremos referencia a lo que es una pequeña empresa. Se entenderá que hablamos de ella cuando la empresa a la que hagamos referencia ocupe menos de 50 personas y tenga un volumen de negocios anual no superior a 10 millones de euros.

  1. Personas físicas que residan en una zona rural, bien para crear una nueva empresa o bien para seguir trabajando en la preexistente como trabajadores por cuenta propia.

En este caso tendremos que hacer referencia a qué se entiende como zona rural; dicha consideración se produce en función del grado de urbanización de los municipios,  en Galicia la definición de zonas rurales se realiza por eliminación de las zonas densamente pobladas, y solo tienen la consideración de zonas densamente pobladas los ayuntamientos de A Coruña, Lugo, Ourense, Pontevedra, Vigo, Ferrol y Santiago de Compostela.

 

Requisitos

No podrán ser beneficiarias de estas ayudas:

  • Agrupaciones de personas jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad que carezca de personalidad jurídica propia, así como las personas jurídicas que no tengan ánimo de lucro, aunque realicen actividad económica.
  • Empresas en crisis.
  • Empresas dedicadas a la pesca o a la acuicultura.
  • Empresas sujetas a una orden de recuperación de ayudas como consecuencia de una decisión previa de la Comisión Europea que las declara ilegales e incompatibles con el mercado común.
  • Las sociedades en las que concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.3 y 3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia o incumplan las obligaciones del artículo 11 de la citada ley de subvenciones.

 

Plazo de presentación

El plazo de presentación se ha abierto el 2 de marzo de 2017, y finalizará el 2 de mayo de 2017; siendo el plazo máximo de resolución el 15 de junio de 2017.

 

Normativa

Resolución de 16 de febrero de 2017 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la creación de empresas para actividades no agrícolas en zonas rurales, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014 – 2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva (Galicia Rural Emprende).

 

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