¿Cómo es la rebaja del IRPF ?

En los últimos días las noticias sobre el IRPF son muy numerosas en prensa, dichas noticias nos hablan de que los cambios en el IRPF a efectuar en 2016 han sido de aplicación desde el pasado 1 de julio. Como marcarían las tablas a nivel mundial en que se comparan la evolución de los impuestos con los periodos electorales se cumple una máxima histórica: año electoral implica rebaja de las cargas impositivas.

 

La situación de la que partíamos era de una reforma que iba a afectar a la base imponible del ahorro y a la base imponible general que se haría en dos fases:

 

Durante el año 2015 los tipos  para la Base Imponible General iban a ser los siguientes:

Base imponible Tipo (%)
Hasta 12.450 euros 20%
12.450 – 20.200 euros 25%
20.200 – 35.200 euros 31%
35.200 – 60.000 euros 39%
60.000 –  En adelante 47%

Mientras que para la Base Imponible del Ahorro iban a ser los que indica la siguiente tabla:

Base Imponible Tipo (%)
Hasta 6.000 euros 20%
6.000 – 50.000 euros 22%
50.000 – En adelante 24%

 

El planteamiento inicial que se hacía indicaba que se iba a hacer una segunda fase de rebaja del IRPF para el año 2016. Los nuevos tipos para la Base Imponible General serían los siguientes:

Base imponible Tipo (%)
Hasta 12.450 euros 19%
12.450 – 20.200 euros 24%
20.200 – 35.200 euros 30%
35.200 – 60.000 euros 37%
60.000 –  En adelante 45%

Mientras que para la Base Imponible del Ahorro serían los que siguen:

Base Imponible Tipo (%)
Hasta 6.000 euros 19%
6.000 – 50.000 euros 21%
50.000 – En adelante 23%

 

Ahora, ante el anuncio que ha hecho el gobierno sobre la aplicación de los tipos previstos para 2016 desde el 1 de julio de 2015, se ha decidido hacer con carácter transitorio una nueva tarifa. Esa nueva tarifa será una tarifa única que tendrá efectos desde enero a diciembre de 2015 y que busca que dentro de este año no nos encontremos con dos tarifas diferentes, la que sería válida desde el 1 de julio y la que era válida en el primer semestre del año. Evidentemente se va a aprobar una nueva tarifa transitoria tanto para la Base Imponible General como para la Base Imponible del Ahorro.

 

De igual modo se ha hecho un anuncio relativo a la retención que aplicarán los autónomos; si bien hasta ahora la retención aplicada era de un 19% ahora se anuncia que el viernes 10 de julio se aprobará una reducción del porcentaje de retención de los autónomos, que pasará a ser del 15%.

 

Los anuncios del Gobierno hablan de que confían en que las empresas puedan ajustar este cambio de retención en el mes de julio, o al menos que las empresas puedan hacer el ajuste en agosto. Para que ello se lleve a cabo la semana que viene (semana del 13 de julio) el Gobierno anuncia que estará disponible una aplicación informática con las tablas a aplicar con las nuevas tarifas transitorias antes indicadas.

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