Convocadas para el año 2018 las subvenciones para la rehabilitación de viviendas en el ámbito del los Caminos de Santiago.


El Diario Oficial de Galicia publicaba el pasado 24 de enero la Resolución de 27 de diciembre de 2017 de la Consellería de Infraestructuras y vivienda, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para actuaciones de rehabilitación de edificios y viviendas en el ámbito del área de rehabilitación de los Caminos de Santiago del Programa de regeneración y renovación urbanas 2013-2016.

Estas subvenciones están destinadas a financiar actuaciones de rehabilitación en edificios y viviendas en el ámbito de la ARI de los Caminos de Santiago que cuente con la correspondiente resolución de cualificación definitiva otorgada por el Instituto Gallego de Vivienda y suelo (IGVS).


Bases reguladoras

Se regirán por las bases reguladoras aprobadas por la Orden de 22 de diciembre de 2015, modificada por la Orden 29 de mayo de 2017.


Beneficiari@s

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades y las personas físicas propietarias únicas de edificios o viviendas que estén en posesión de la correspondiente cualificación definitiva.

Las personas físicas, para ser beneficiarias, deberán poseer la nacionalidad española o de algún de los estados miembros de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, de Suiza o parentesco determinado por la normativa que sea de aplicación. Las personas extrajeras no comunitarias deberán tener residencia legal en España.


Cuantía de la subvención

Las ayudas contenidas en la prórroga del Plan estatal 2013-2016 tendrán un importe máximo de 11.000 euros por cada vivienda objeto de rehabilitación, sin que en ningún caso pueda exceder del 35% del coste subvencionable reflejado en la cualificación definitiva.

Las ayudas autonómicas tendrán un importe máximo de 4.000 euros por cada vivienda objeto de rehabilitación, sin que en ningún caso pueda exceder del 10% del coste subvencionable reflejado en la cualificación definitiva.

Plazo para la presentación de solicitudes

El plazo comenzó el día 25 de enero y finalizará el día 31 de octubre de 2018 y, en todo caso, en el momento que se agote el crédito contenido en la convocatoria, que será publicado en el DOGA mediante resolución de la Dirección General del IGVS.


Solicitudes

Las solicitudes se realizarán a través de la presentación del modelo que se incorpora como anexo I a la Orden, disponible también en la Sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal). Deberán dirigirse al Área Provincial del IGVS donde se encuentre situado el edificio o vivienda.

Las comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades y sus representantes deberán presentar la solicitud de manera electrónica. En el caso de que se presenten su solicitud presencialmente, serán requeridos para que la enmienden a través de su presentación electrónica. En este caso, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que la enmienda hubiese sido realizada.

Las personas físicas deberán presentar su solicitud preferiblemente por vía electrónica, aun que también podrán presentarla en formato papel.

Para su presentación electrónica podrá utilizarse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

En el modelo de solicitud realizará las siguientes declaraciones:

  • Declaración de no haber solicitado ninguna otra ayuda para la misma finalidad. En el caso de haber solicitado u obtenido alguna otra ayuda, deberá indicar cuales.
  • Compromiso de comunicar cualquiera otra subvención que sea solicitada o concedida para la misma finalidad.
  • Declaración responsable de que no se le revocase alguna de las ayudas contenidas en este o en anteriores planes de vivienda, por causas imputables a la persona o entidad solicitante.
  • Declaración de no estar incurso/a en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de ayudas previstas en los números 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 2/2007, de 13 de junio.
  • Declaración de estar al día en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • Declaración de que todos los datos de la solicitud son correctos.

Para la tramitación de las solicitudes de subvención se tendrá en cuenta la documentación ya presentada por las personas o entidades solicitantes en sus solicitudes de cualificación profesional y definitiva.


Documentación complementaria

  • De ser el caso, acreditación de la representación de la persona que actúe en nombre de la persona propietaria única del edificio.
  • Certificado de la persona que ejerza funciones de la secretaría de la comunidad de propietarios o de agrupaciones de comunidades de personas propietarias, en que se recoja tanto el acuerdo de solicitud de la subvención del Programa de regeneración y renovación urbana de la ARI de los Caminos de Santiago, como el nombramiento de la persona representante en la tramitación del expediente a la comunidad de propietarios o a la agrupación de comunidades, conforme al modelo que se adjunta como anexo II.
  • En el caso de edificios de tipología residencia colectiva, en que se relacionen las personas propietarias de viviendas y locales del edificio partícipes en las actuaciones de rehabilitación. En este anexo se cubrirá, de ser el caso, las declaraciones de no estar incursos en ninguna de las circunstancias del artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.

  • RESOLUCIÓN do 27 de decembro de 2017 pola que se convocan para o ano 2018 as subvencións para actuacións de rehabilitación de edificios e vivendas no ámbito da área de rehabilitación integral dos Camiños de Santiago do Programa de rexeneración e renovación urbanas da prórroga do Plan estatal de fomento do alugamento de vivendas, a rehabilitación edificatoria e a rexeneración e renovación urbanas 2013-2016.
  • ORDE do 22 de decembro de 2015 pola que se abre o prazo para solicitar a participación para actuacións de rehabilitación de edificios e vivendas no ámbito da área de rehabilitación integral dos Camiños de Santiago, no marco do programa de rexeneración e renovación urbanas do Plan estatal de fomento do alugamento de vivendas, a rehabilitación edificatoria e a rexeneración e renovación urbanas 2013-2016, e se establecen as bases reguladoras das subvencións deste programa. (BASES REGULADORAS e LISTADO DE PARROQUIAS QUE PODERÁN SER BENEFICIARIAS- ANEXO I)
  • ORDE do 29 de maio de 2017 pola que se modifica a Orde do 22 de decembro de 2015 pola que se abre o prazo para solicitar a participación para actuacións de rehabilitación de edificios e vivendas no ámbito da área de rehabilitación integral dos Camiños de Santiago, no marco do Programa de rexeneración e renovación urbanas do Plan estatal de fomento do alugamento de vivendas, a rehabilitación edificatoria e a rexeneración e renovación urbanas 2013-2016, se establecen as bases reguladoras das subvencións deste programa e se procede á súa convocatoria para o ano 2017.

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