Eliminación de dobles comisiones en cajeros

Hace unos días publicábamos la noticia de la intención gubernamental de legislar sobre el tema de las dobles comisiones , en dicha noticia hacíamos referencia a las distintas posibilidades que se barajaban en ese momento.

 

Finalmente, el viernes pasado, fue tomada dicha decisión, se eliminan las dobles comisiones y el cobro de la comisión bancaria será de la siguiente manera: Los titulares del cajero podrán cobrar a los emisores de la tarjeta, siendo estos quienes decidirán si le cargan dicha comisión a sus clientes o no, no pudiéndose poner como comisión al cliente un importe mayor de lo que haya cobrado el titular del cajero al emisor de la tarjeta.

 

El cliente en todo momento ha de ser informado del importe máximo de comisión que su banco le podrá cargar por efectuar una operación en un cajero diferente al de la entidad emisora de la tarjeta.

 

Evidentemente, en el caso de que nos encontremos con una retirada de efectivo con tarjeta de crédito y no de débito, la entidad podrá aplicar al cliente un importe adicional en concepto de crédito. Pero ese importe, lógicamente, no podrá ser superior al que la entidad emisora de la tarjeta le aplicaría a su cliente por una retirada de efectivo a crédito en los cajeros de su propiedad.

 

Las entidades deberán llegar antes de enero a un acuerdo sobre el importe de dichas comisiones; teniendo la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que elevar al Ministerio de Economía un informe con los acuerdos entre las distintas entidades. Los acuerdos a los que lleguen las entidades bancarias para fijar las comisiones podrán revisarse cada año, teniendo en todo momento que respetar las normas de la competencia.

 

 

Publicación en el BOE de esta nueva regulación.

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