Precios públicos de las pericias efectuadas por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses

Los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) son órganos técnicos adscritos al Ministerio de Justicia o a las comunidades autónomas, cuya principal misión es auxiliar a la Administración de Justicia en el ámbito de su disciplina científica y técnica.

La Ley Orgánica del Poder Judicial, tras la reforma introducida por la L.O 7/2015, de 21 de julio, permite a los forenses que presente sus servicios en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses puedan realizar además de la labor que les es inherente, la de emitir informes y dictámenes a solicitud de los particulares.

Esta posibilidad se recoge también en la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, donde se da regulación a una nueva vía extrajudicial de resolución de conflictos entre los perjudicados y las entidades aseguradoras.

De esta forma, las partes, perjudicados y entidades aseguradoras pueden solicitar la intervención de médicos forenses a través de los IMLCF cuando, bien de mutuo acuerdo, bien a solicitud del interesado, se considere oportuna su intervención.

A través de la Orden JUS/127/2016, de 8 de febrero, se establecen los precios públicos de los informes periciales que realicen los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses del ámbito del Ministerio de Justicia en los supuestos establecidos en el Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre, por el que se regula la realización de pericias a solicitud de particulares por los IMLCF, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor.


Según se fija en el anexo a la Orden, se establecen tres tipos de precios públicos. La determinación de la cuantía a abonar se hará en función de la gravedad de las lesiones, para lo cual se atenderá al criterio de ingreso hospitalario:

  • Pericia lesiones sin ingreso hospitalario: 80 euros
  • Pericia lesiones con ingreso hospitalario igual o inferior a 72 horas: 150 euros
  • Pericia lesiones con ingreso hospitalario superior a 72 horas: 350 euros.

Estos precios públicos estarán sujetos, en su caso, al pago del IVA o impuestos exigibles de acuerdo con la legislación tributaria vigente.

La Orden prevé, en cuanto al procedimiento de liquidación y pago, que la entidad aseguradora que haya emitido la oferta motivada será la obligada al pago de este precio público.

Además, el pago de los referidos precios públicos se realizará mediante el modelo 069, . Los IMLCF enviarán a las entidades aseguradoras el modelo 069 con la indicación del precio a pagar, así como el plazo y la forma de pago.

Esta Orden ha entrado en vigor hoy jueves, 11 de febrero.


  • Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre, por el que se regula la realización de pericias a solicitud de particulares por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor.
  • Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación
  • Orden PRE/3662/2003, de 29 de diciembre, por la que se regula un nuevo procedimiento de recaudación de los ingresos no tributarios recaudados por las Delegaciones de Economía y Hacienda y de los ingresos en efectivo en las sucursales de la Caja General de Depósitos y sus sucursales.
  • DECRETO 47/2016, do 21 de abril, polo que se fixan os prezos públicos correspondentes ás pericias efectuadas, por solicitude de particulares, polo Instituto de Medicina Legal de Galicia nas reclamacións extraxudiciais por feitos relativos á circulación de vehículos de motor.

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