Plan de ayudas estatales para la Rehabilitación energética de edificios

En los últimos días el Gobierno ha lanzado una campaña en los medios de comunicación en la que hace referencia al ahorro y a la eficiencia energética. Con esa campaña se pretende informar sobre esos dos temas, hacer que la ciudadanía se sensibilice con una conducción energética y sobre todo con las certificaciones y rehabilitaciones energéticas de edificios y viviendas ya existentes.

 

Precisamente en lo relativo a las viviendas hay que tener en cuenta la existencia de un programa del Ministerio de Industria,  el denominado “Programa de Ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios Existentes» (Programa PAREER-CRECE). El programa se encuadra en un plan de acción para el periodo 2014-2020 y está dotado con 200 millones de euros.

 

Las rehabilitaciones deberán encuadrarse dentro de las siguientes tipologías:

 

  • Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
  • Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones técnicas y de iluminación
  • Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas
  • Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas.

 

Estas ayudas han de alcanzar al menos un objetivo: mejorar la calificación energética del edificio al que se le haga la rehabilitación al menos en una letra en la escala de medición de las emisiones de dióxido de carbono.

 

¿Quién puede solicitar estas ayudas?

 

  • Los propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso, bien sean personas físicas, o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
  • Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas como Propiedad Horizontal.
  • Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
  • Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.
  • Las empresas de servicios energéticos.

 

Plazo de presentación

 

Se podrán solicitar las ayudas hasta el 31 de diciembre de 2016, pudiendo pedirse hasta el 31 de diciembre de 2020 en caso de que quede remanente presupuestario.

 

Tipologías de ayudas

 

La tipología de las ayudas puede consultarse en el siguiente enlace del ministerio de Industria Energía y Turismo

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente: http://www.idae.es/index.php/id.858/relmenu.409/mod.pags

 

Compartir:

Más noticias

Mensaje enviado correctamente

Nos pondremos en contacto contigo lo antes posible.

Recibe un cordial saludo del equipo de ACLUNIA ASESORES.